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Tarea Número 2  |  Derecho Constitucional (Cátedra: Lemos - 2015)  |  Derecho  |  UNL

TAREA 2 Derecho Constitucional

Consignas:

  1. Explique brevemente las 3 clases de nacionalidad que menciona la Ley 346.

Ø El Derecho positivo argentino, a través de la Constitución Nacional y la ley 346,

regula la nacionalidad o ciudadanía distinguiendo tres clases, las cuales unifican

nacionalidad y ciudadanía:

a) Por nacimiento

b) Por opción

c) Naturalización

A partir de la reforma de 1994 el art. 75 inc. 12, refiriéndose a las competencias

del Congreso, establece que le corresponde al Congreso: “Dictar (...) y especialmente

leyes generales para toda la Nación sobre naturalización y nacionalidad con sujeción

al principio de nacionalidad natural y por opción en beneficio de la Argentina...”

Diferenciamos entonces:

a) Nacionalidad por nacimiento: también denominada nativa, o natural o de origen.

Es el sistema del “ius solis” es decir automáticamente son argentinos todos los

nacidos en territorio argentino. Excepción: Hijos de diplomáticos extranjeros residentes en nuestro país.

b) Nacionalidad por opción: alcanza a los hijos de argentinos o argentinas nativos

que nacen en el extranjero y que optan por la nacionalidad argentina de sus padres.

Es el sistema del “ius sanguinis”.

c) Nacionalidad por naturalización: es la que se le asigna al extranjero que lo requiere,

sujeto a determinados requisitos (Conf. Art.20 CN) (Mayor de 18 años que hayan residido durante 2 años consecutivos en nuestro país y manifiestan su voluntad de tener nacionalidad argentina)

Los tres sistemas varían tanto en relación a su atribución, adquisición, suspensión, cancelación y pérdida. (Ley 346.)

  1. ¿Qué clase de, nacionalidad puede tener el Presidente de la Nación, los Senadores y los Diputados Nacionales? Busque en la CN.

 Presidente de la Nación: Art. 89: Para ser elegido presidente o vicepresidente de la Nación, se requiere haber nacido en el territorio argentino, “ius solis”, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero, “ius sanguinis”.”y los requisitos para ser elegido Senador.

 Senadores de la Nación: Artículo 55.- Son requisitos para ser elegido senador: tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación. Por lo tanto de nacionalidad argentina.

 Para ser Diputado se requiere:

1. haber cumplido la edad de 25 años de edad,

2. tener 4 años de ciudadanía en ejercicio y

3. ser natural de la provincia que lo elija, o con 2 años de residencia inmediata en ella

(Art. 48. CNA). Por lo tanto de nacionalidad argentina.

3. ¿Los extranjeros gozan en el territorio de todos los derechos?

Ø Si. “Artículo 20.- Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República.”

  1. ¿Qué importancia le da la CN a los Partidos Políticos? (leer art. 38 y El texto de Ekmekdjian que está en su material de estudio)

Ø Los partidos políticos son Instituciones fundamentales del Sistema democrático. El art.38 expresa que su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a la Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democrático, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública, y la difusión de sus ideas.

Los partidos políticos son actores privilegiados de la democracia representativa, son los agentes que llevan adelante la misión de transformar demandas sociales en acción política y a menudo los primeros en ser juzgados por los resultados. Principales mediadores entre la sociedad y el estado. Primera y principal forma institucionalizada de participación política. Se basan en el principio de la soberanía popular y la libre competencia.

  1. Lea la Ley Nacional 26.215 y haga un breve comentario sobre los aspectos positivos y negativos de esta norma.

Aspectos positivos: la ley prevé que el monto destinado al aporte anual para el desenvolvimiento institucional y la formación y capacitación política corresponde a los partidos reconocidos -es decir, registrados- y se repartirá un 20% en forma igualitaria, y un 80% en proporción a los votos obtenidos en la última elección de diputados nacionales.

*La prohibición del aporte de los sindicatos, vincula a la naturaleza de los fondos de los sindicatos, que provienen de aportes de trabajadores que comparten un tipo de actividad, pero no necesariamente una ideología política. También está prohibida las donaciones provenientes de las empresas concesionarias o contratistas del Estado, y aquellas que se originen en gobiernos o entidades extranjeras; para el caso de las personas físicas o jurídicas no estatales extranjeras, en Argentina se prevé la prohibición siempre y cuando no estén domiciliadas o registradas (para el caso de las empresas en el territorio.

* la ley prohíbe las donaciones anónimas

*En Argentina, el límite de gastos está fijado por distrito y por categoría de cargo a elegir (presidente o legisladores nacionales) a razón de $ 1 (aprox. 30 centavos de dólar) por ciudadano habilitado para votar.

Aspectos negativos: Transparencia versus corrupción.: El problema no se soluciona sólo sancionando leyes; creando restricciones y prohibiciones de difícil control que, en el fondo, incentivan la imaginación de quienes están dispuestos a comprar y vender influencia y decisiones. Tampoco se soluciona organizando instituciones de control, sin dotarlas de la independencia política, la competencia y las capacidades necesarias para hacer efectivo el control. Quizá lo más importante a tener en cuenta es que las normas por sí solas no lograrán generar las condiciones culturales y sociales que hagan que la honestidad y la transparencia sean decisivas para ganar elecciones, lo que sin duda impulsaría a los políticos a asumir otro tipo de compromiso-

* ofrece escasa información que permita conocer un cuadro real del costo de las campañas y, sobre todo, del origen de los fondos con que se financian.

  1. Enumere, valiéndose de la Constitución Nacional, los tipos de democracia semidirectas mencionadas en los artículos 39 y 40.

*Democracia semidirectas: La Constitución Nacional instituye una democracia representativa o indirecta, en la que los representantes sólo ejercen el poder del pueblo durante el período que duran en sus mandatos.

En el Artículo 22 establece que "El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición".

Por otro lado, también se habilitan algunos mecanismos de democracia semidirestas, incorporados en el Capítulo de Nuevos Derechos y Garantías como:

Iniciativa popular (Art. 39 y Ley 24.747): los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados, siempre y cuando ese proyecto tenga un consenso en la ciudadanía representado por la cantidad de firmas establecidas constitucionalmente.

Consulta popular (Art. 40): El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. Existen dos alternativas: la primera, que la consulta sea vinculante (el voto de la ciudadanía es obligatorio, la ley de convocatoria no puede ser vetada y el voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley, siendo su promulgación automática); y la segunda, la consulta no vinculante (el voto de los ciudadanos no es obligatorio, puede ser convocado también por el Presidente de la Nación y la decisión ciudadana no obliga al Congreso a la sanción del proyecto).
7- Analice las leyes 24.747, y 25.432. Conteste: a) materias vedadas, b) procedimiento c) Porcentajes necesarios para surtir efectos, d) Cámara de origen.

Ø LEY 24.747:

a) Materias Vedadas: No podrá referirse a proyectos de ley vinculados con:
*la reforma constitucional
*tratados internacionales
*presupuesto
*materia penal.

b)-Procedimiento: Art. 5º -

La iniciativa popular deberá deducirse por escrito y contendrá:

a) La petición redactada en forma de ley en términos claros;

b) Una exposición de motivos fundada;

c) Nombre y domicilio del o los promotores de la iniciativa, los que podrán participar de las

reuniones de comisión con voz de acuerdo a la reglamentación que fijen las mismas;

d) Descripción de los gastos y origen de los recursos que se ocasionaren durante el período

previo a presentar el proyecto de iniciativa popular ante la Cámara de Diputados;

e) Los pliegos con las firmas de los peticionantes, con la aclaración del nombre, apellido,

número y tipo de documento y domicilio que figure en el padrón electoral.

Art. 6º -Toda planilla de recolección de firmas para promover una iniciativa debe contener un

resumen impreso del proyecto de ley a ser presentado, y la mención del o los promotores

responsables de la iniciativa.

b) Porcentajes necesarios: La iniciativa popular requerirá la firma de un número de ciudadanos no inferior al uno y medio por ciento (1,5 %) del padrón electoral utilizado para la última elección de diputados nacionales y deberá representar por lo menos a seis (6) distritos electorales. Cuando la materia de la iniciativa sea de alcance regional el requisito del porcentual considerando únicamente el padrón electoral del total de las provincias que componen dicha región, sin tener en cuenta la cantidad de distritos que prevé el primer

c)- Cámara de origen: Cámara de Diputados.

Ø LEY 25.432.Ley de Consulta popular vinculante y no vinculante.
a) materias vedadas: ARTICULO 6º

— Puede ser sometido a consulta popular no vinculante, todo asunto de interés general para la Nación, con excepción de aquellos proyectos de ley cuyo procedimiento de sanción se

encuentre especialmente reglado por la Constitución Nacional, mediante la determinación de la cámara de origen o por la exigencia de una mayoría calificada para su aprobación. En este tipo de consulta el voto de la ciudadanía no será obligatorio.

b) procedimiento: ARTICULO 2º

— La ley de convocatoria a consulta popular vinculante deberá tratarse en una sesión especial y ser aprobada con el voto de la mayoría absoluta de miembros presentes en cada una de las

Cámaras.

c) Porcentajes necesarios para surtir efectos: ARTICULO 4º

— Toda consulta popular vinculante será válida y eficaz cuando haya emitido su voto no

menos del 35% de los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral nacional.

c) Cámara de origen: El congreso a iniciativa de la Cámara de Diputados.

Alumna: Amalia Isabel Lateano

DNI: 5717756

Rojas- Pcia de Buenos Aires

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Ad Scriptum:

1) Para los que realizaron el Plan de Trabajo 2 y para los que no también...les dejo una nueva pregunta...que pasa con los derechos políticos de los extranjeros en nuestro país.

Tomando como referencia el art. 20 de la Constitución, que señala:
" Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos CIVILES DEL CIUDADANO; pueden ejercer la industria, el comercio,...no están obligados a admitir la ciudadanía, ni pagar contribuciones forzosas ni extraordinarias..."

Este punto hace referencia al derecho que poseen los extranjeros de nacionalizarse argentinos, luego de residir dos años en el país.

Bidart Campos define a la ciudadanía como "una cualidad jurídica del hombre que consiste en un status derivado del derecho positivo, cuyo contenido está dado por el ejercicio de los DERECHOS POLÍTICOS.
Es decir que es CIUDADANO aquel que puede votar (derecho político activo), y postularse a ocupar un cargo público,( derecho político pasivo) según la normativa al respecto.
El ciudadano extranjero ejerce los derechos políticos cuando se nacionaliza.