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Trabajo Práctico  |  Derecho Provincial y Municipal (2017)  |  UES 21
  1. La intervención federal la dispone el Congreso de la Nación, y:

El Poder Ejecutivo la decreta en receso del órgano legislativo, convocándolo inmediatamente.

Además la dispone la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Puede en caso excepcional disponerla el Poder Ejecutivo Nacional.

Nunca puede ser decretada por el Poder Ejecutivo.

 

  1. Las regiones pueden crear órganos para su desarrollo según lo dispuesto en el artículo:

75 Inc. 2

124 de la C. N     

121 de la C.N.   

125 de la C. N  

 

  1. La creación de regiones y la celebración de convenios internacionales por parte de las provincias:

Requieren ser puestos en conocimiento del Congreso.

Requieren contar con el consentimiento del Congreso.

Requieren la aprobación del Senado.

No requieren intervención del Congreso.

 

  1. La creación de regiones para el desarrollo económico y social está prevista en la constitución nacional en el artículo:

123

122

125 

121

124

 

La distribución de competencias en el estado federal figura, desde la reforma de 1994, en el artículo:

124

123

122

121

125

 

  1. El nuevo status de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra en el artículo:

123

124 de la C. N 

122 de la C.N.  

129 de la C.N   

 

  1. El Senado está conformado por:

Tres senadores por provincia

Tres senadores por provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Dos senadores por provincia y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Dos senadores por provincia

 

  1. Según el autor del texto, uno de los aspectos institucionales y políticos del federalismo, es la existencia de diferentes órdenes de gobierno. Esto es:

La nación, las provincias, la ciudad autónoma de Buenos Aires y los municipios.

La nación, las provincias y los municipios.

La nación y las provincias.

La nación, las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires

La nación, las provincias, las regiones  y los municipios.

 

  1. El mandato de los senadores es de:

4 años

6 años 

9 años

5 años

 

  1. El Órgano Fiscal Federal está integrado por:

Delegados del gobierno nacional y de las provincias 

Representantes de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El gobierno nacional

Delegados de la nación, las provincias y los municipios

 

  1. Los partidos políticos encuentran recepción, desde la reforma de 1994, en:

El art. 38 de la C.N.

La ley del Congreso conocida como Ley de Reforma Política.

El art. 37 de la C.N.

Ninguna norma de la Constitución Nacional.

 

  1. La intervención federal, además de estar contemplada en el artículo 5 y 6 de la C. N, se complementa desde la reforma de 1994 con lo dispuesto en el artículo:

75 Inc 31  

75 Inc. 22

75 Inc. 32

75 Inc. 30

 

  1. Los senadores se eligen:

Por elección directa 

Por las legislaturas provinciales

Por el Poder Ejecutivo Provincial

Por Colegio Electoral

 

  1. Luego de que el congreso de la Nación sanciona la ley convenio de coparticipación, la misma debe ser aprobada:

Por las legislaturas de cada una de las provincias.

Solamente por las legislaturas provinciales, sin intervención alguna del Congreso.

Solamente por el Poder Ejecutivo Nacional.

Solamente por el Congreso de la Nación.

 

  1. En la constitución argentina, la conformación del Senado:

No está dispuesta.

Fue reformada por ley del Congreso conocida como Ley de Reforma Política.

No fue reformada.

Fue reformada en el año 1994

 

  1. Las bases del sistema de coparticipación, se encuentran en:

El art. 75 Inc. 5 de la C.N.

El art. 75 Incs. 1 y 2 de la C.N.

Ninguna norma de la Constitución Nacional.

Una ley del Congreso.

 

  1. Según lo dispone la Constitución Nacional, la ley convenio de coparticipación:

Debe tener como Cámara de origen cualquiera de las cámaras.

Debe ser sancionada por el Poder Ejecutivo Nacional.

Debe tener como Cámara de origen la Cámara de Senadores.

Debe tener como Cámara de origen la Cámara de Diputados.

 

  1. Las provincias podrán celebrar convenios internacionales:

Siempre que solamente no vayan en contra de la política exterior fijada por el gobierno nacional.

Siempre que no comprometan el crédito público y no vayan en contra de la política exterior fijada por el gobierno nacional.

Siempre que solamente no comprometan el crédito público.

En ningún caso.

 

  1. La forma de elección de los senadores se encuentra en el artículo:

45 de la C.N. 

54 de la C.N.

56 de la C.N.

55 de la C.N.   

 

  1. Las provincias tienen el dominio originario de los recursos naturales, según lo dispone el artículo:

122 de la C.N. 

121 de la C.N.

125 de la C.N.

124 de la C.N 


 

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