Altillo.com > Exámenes > UBA - Económicas > Impuestos II


Resumen  |  Impuestos II (Cátedra: Díaz - 2016)  |  Cs. Económicas  |  UBA

TEORIA

 

1- Explique brevemente el concepto de sanción tributaria, indique las clases de sanciones que conoce, explíquelas brevemente y enumere como mínimo dos ejemplos de cada una de ellas.

    

Respuesta

La sanción tributaria es un concepto conexo a la infracción tributaria; en este sentido, se puede afirmar que se trata de una punición, consecuencia del ilícito configurado.

 

Sanciones pecuniarias: son las penalidades nor­malmente utilizadas en los ordenamientos represi­vos, las que, instrumentadas a través de multas en­cuentran un campo propicio de aplicación en las infracciones genéricas y muy particularmente, en las infracciones formales.

Normalmente las multas se establecen conforme a las modalidades de multas fijas y graduables, cuya aplicación depende de la cuantificación del ilícito y circunstancias atenuantes y agravantes.

Si existiera una manifiesta desproporción entre la multa aplicada y la magnitud del ilícito, la sanción podría válidamente recurrirse a los efectos de su eximición o graduación en un menor tenor.

 

Sanciones no pecuniarias:

Prisión: pena de privación de libertad establecida sólo en casos excepcionales y de extrema gravedad.

Publicación: pública difusión de las sanciones adoptadas contra contribuyentes.

Comiso de efectos: penalidad de perdimiento de una cosa, normalmente cuando la misma se encuen­tre ligada a la configuración del ilícito.

Clausura de establecimientos.

Suspensión y destitución de cargos públicos: san­ción aplicable a funcionarios públicos que incurran en falta al participar en la co­misión de ilícitos.

-Cancelación de inscripción en registros públicos: penalidad utilizada contra personas de existencia visible o ideal con el propósito de inhabilitarlas en el ejercicio de sus normales actividades y derechos.

 

2- En materia tributaria Indique cuantos tipo de presunciones conoce, y explique cada una de ellas sintéticamente y ejemplifique.

 

Respuesta

Simples u “hominis” conocidas también como humanas. Resulta ser el juzgador y no la ley quien determina a partir de un hecho conocido la existencia o necesidad de otro desconocido que suele estar vinculado con el anterior. Estas presunciones admiten prueba en contrario, tanto en lo referido a la existencia del "hecho-base", es decir, el indicio, como de la relación entre éste y el hecho inferido.

De esta forma, están vinculadas con la apreciación que haga el juez de los hechos imponibles, siempre que se observen las reglas de la sana crítica, según lo normado por el art. 163, punto 5, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Legales: son las instituidas por el legislador, quien elige el hecho inherente, apela a su regla de experiencia y establece también el hecho que debe inferirse. En tal caso, estamos en presencia de una norma legal que debe cumplirse, y obliga tanto a los particulares como a los órganos encargados de efectivizar el mandato legal.

3- Comente brevemente los delitos  de evasión simple de tributos y recursos de la seguridad social,  contenidos en la Ley Penal Tributaria.

 

Respuesta

Evasión simple- Impuestos

Art. 1º- Será reprimido con prisión de dos a seis años el obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al Fisco Nacional, siempre que el monto evadido excediere la suma de cien mil pesos ($ 400.000) por cada tributo y por cada ejercicio anual, aun cuando se tratare de un tributo instantáneo o de período fiscal inferior a un año.

Evasión simple- Recursos de la seguridad social-

Art. 7º- Será reprimido con prisión de dos a seis años el obligado, que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere parcial o totalmente al Fisco Nacional el pago de aportes o contribuciones, o ambos conjuntamente, correspondientes al sistema de la seguridad social, siempre que el monto evadido excediere la suma de veinte mil pesos ($ 80.000) por cada período.

 

TECNICA

 

4- Defina la base imponible en el caso que la operación NO se considere una operación de locación de cosa muebla con opción a compra.

Respuesta

El precio neto de venta será el valor total de la locación, es decir la sumatoria de los cánones previstos más el importe correspondiente a la opción

 

5- A los efectos del Convenio Multilateral, cuando se entiende que un gasto es efectivamente soportado en una jurisdicción?

Respuestas

Tenga una relación directa o indirecta con la actividad que en la misma se desarrolle, aún cuando la erogación que él representa se efectúe en otra.

 

6-  Cuál es la diferencia, en la instancia judicial, entre la defensa de una multa en materia tributaria y la defensa de una multa en materia de seguridad social?

 Respuestas

Que en materia de multas de seguridad social se impone el principio de “solve e repete”. Es decir hay que pagar la sanción para poder recurrirla judicialmente y en materia tributaria se puede apelar judicialmente sin pagar previamente.

 

 

Marque las opciones que crea corresponden. Si cree que corresponden mas una márquelas a todas.

 

7-  El concepto de “Cosa Juzgada Material”, implica:

 

Una sentencia definitiva sobre la cual no puede articularse ningún recurso ni apelarse a otro tribunal

Una sentencia definitiva sobre la cual no puede articularse ningún recurso ni apelarse a otro tribunal, pero respecto de la cual puede volver a tratarse el fondo del asunto en otro proceso judicial

Una sentencia definitiva

 

8- Indique en cuáles de los siguientes casos procede la Determinación de Oficio

Falta de presentación de DDJJ

Impugnación de DDJJ presentada

Liquidaciones y actuaciones de inspectores y empleados

Deducción de anticipos improcedentes

Determinación de la responsabilidad personal y solidaria de los cedentes de créditos tributarios.

 

 

9-  En el caso de las acciones y poderes del fisco para hacer efectivas las multas y clausuras, el término de la prescripción comienza a contarse.

 

Desde el día siguiente a que quede firme la resolución que impuso la sanción

Desde el 1ro de Enero siguiente al día en que quede firme la resolución que impuso la sanción

Desde el 1ro de Enero siguiente a la comisión de la infracción

 

10- En el caso de una acción de repetición por pagos a requerimiento, las opciones del contribuyente son:

 

Opción excluyente de apelación a Justicia ordinaria, Recurso de Reconsideración ante el Superior Jerárquico, o Demanda ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

Opción de apelación a Justicia Nacional de 1ra instancia, Recurso Reconsideración ante el Superior Jerárquico, o Demanda ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

Opción excluyente de Demanda ante la Justicia Nacional de 1ra. Instancia, o Demanda ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

Demanda ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

 

MINICASOS

 

11-  A un contribuyente que le ejecutaron una multa por $ 3000,  el Juez del Juzgado de Ejecuciones Fiscales le denegó la excepción de prescripción que aquel le había opuesto dentro de los 5 días de notificada la ejecución y confirmó la sanción. El contribuyente no está de acuerdo y recurre a Usted para continuar la vía recursiva en virtud del principio constitucional que le asiste de defensa en juicio. ¿En dónde presentaría Usted el recurso contra la denegatoria del Juez de Ejecuciones Fiscales?

 

Respuesta

En ningún lugar, ya que las sentencias en materia de ejecuciones fiscales son irrecurribles y tampoco podría repetir, ya que no se pueden repetir las multas solas.

 

 

12- Un agente de retención retuvo e ingreso $ 1500 cuando debió retener e ingresar $ 6500. Detectado por la AFIP le aplicó una multa de $ 10.000 por el artículo 48 de la ley 11683. El contribuyente recurrió la multa ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

¿Cuál cree que fue el argumento de defensa del agente de retención?

 

Respuesta

Básicamente que está mal tipificada, porque corresponde la multa del artículo 45 omisión de actuar como agente de retención y no la del 48.

 

13- La Div. Fiscalización N2 inicia el 20/09/03 una fiscalización integral a una S.A. que cierra su ejercicio el 31/03/04, dedicada a la comercialización mayorista de bebidas alcohólicas (nacionales e importadas).

Realiza un corte de documentación el 21/09/03 y partiendo de las facturas de compras y ventas de bebidas entre el período 1/04/03 y el 20/09/03 recompone el inventario final de bienes de cambio al 31/03/03, determinando una diferencia de $ 50000 entre lo declarado por el contribuyente y lo calculado por los inspectores.

Se le inicia entonces a la S.A. un procedimiento de determinación de oficio en base presunta instruyéndose sumario y corriendo la vista sustentado en los términos del art 18 inc c) de la Ley 11683.por el impuesto a las Ganancias e IVA. por omisión de impuestos imputada al ejercicio cerrado al 31/03/03.

Indique si es correcto o no lo realizado por el Fisco y fundamente.

      

Respuesta

Es incorrecto. La determinación es nula ya que e debe tomar inventario físico-  Art 16 del Decreto reglamentario

 

 

14- Una persona física presentó en forma inexacta la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al año 2003. El 20 de Diciembre de 2009 se le notifica una vista por el período 2003 por $ 5500 y sumario por artículo 45 de $3000. El 20/05/2010 se le notifica la resolución por la que se determina un impuesto de $ 4000 y una multa del artículo 45 por $ 2000.

Indique si estaba en condiciones el Fisco el 20/05/2010  de determinar el impuesto y la multa en esa fecha? Fundamente su respuesta.

 

Respuesta

Si estaba en condiciones de realizar la determinación y de aplicar la multa en virtud de lo prescripto por el artículo 65. 1 de la ley 11683.

 

 

15- En el marco de un punto fijo sobre ventas realizado a un contribuyente por la DGI durante los siguientes días

a) Noviembre/04 Días 1,2,3,4,5,6 y 16,17,18,19,20,21

b) Diciembre /04 Días  6,8,9,10,11,12 y 20,21,22,23,24,25

c) Enero /04      Días 11, 12, 13, 14, 15 y 25, 26, 27, 28, 29

d) Febrero/04       Días 1, 2,3,4,5,6 y 14,15,16,17,18 

Finalizado el punto fijo y proyectado sus resultados al período fiscal completo se determinaron diferencias anuales por un total de $ 50.000. En el marco de la misma verificación se detectaron ventas no declaradas durante el mes de Septiembre y Octubre de 2004 por $ 5000 y $ 6000 respectivamente.

Posteriormente se inicia un proceso de determinación de oficio por impuesto a las ganancias omitido durante el año 2004 por un monto de  $ 61.000 y por $ 50.000 por el año 2003 , como así también por $ 12.000 y 8.500 de IVA para los periodos 2004 y 2003 respectivamente.

¿Qué Considera correcto de todo  lo actuado por el Fisco? – Explique.

¿Qué considera incorrecto de todo lo actuado por el Fisco?- Explique

 

Respuesta

a) Solo la forma de implementar el punto fijo

b) No se puede aplicar distintos índices de determinación presunta sobre el mismo periodo fiscal en un mismo impuesto.( punto fijo y operaciones marginales). Tampoco se puede extender un resultado de determinación presunta sobre otros períodos


 

Preguntas y Respuestas entre Usuarios: