Altillo.com > Exámenes > UBA - Derecho > Derecho Constitucional

Derecho Constitucional 1° Parcial Cátedra Dalla Vía - Djedjeian 2° Cuat. de 2011 Altillo.com

a) CASO PRÁCTICO:

En el Estado "ZZZ", la Constitución establece que para ser reformada el Congreso debe emitir una declaración de necesidad de reforma, debe decir cuáles son los puntos a reformar y debe llamar a una Convención a tal efecto.

El poder ejecutivo emite un decreto mediante el cual declara la necesidad de reforma (sin los puntos a reformar) y convoca a una Convención.

Contestá:

I. ¿Qué tipo de constitución es?

RTA: Racional-Notmativa

II. ¿El decreto del ejecutivo se adecúa a derecho? De no ser así, ¿Hay alguna manera de remediar el desvío?

Rta: El decreto no se adecúa a derecho, porque la Constitución establece que es el Congreso el que debe declarar la necesidad de reforma y llamar a la Convención.
Si bien el proceso de formación y sanción de las leyes es una cuestión política NO justiciable, cuando no se cumplen los requisitos, es susceptible de control de constitucionalidad.

II. ¿Qué jurisprudencia se podría utilizar para resolver el caso?

Rta: Aunque en clase la profesora sólo haya mencionado a los fallos que pretende que apliquemos, éstos son:

Caso Cullen con Llerena --> El proceso de formación y sanción de las leyes es una cuestión política no justiciable.

Caso Soria de Guerrero c/ Viñedos --> Aunque sea una cuestión política no justiciable, se puede aplicar el control de constitucionalidad siempre que no se respeten ciertos requisitos mínimos (en el caso Soria, estos requisitos eran las versiones taquig´raficas)

b) Verdadero o falso:

I. El Poder Constituyente Originario, EN CASO DE REVOLUCIÓN, no tiene límites de derecho positivo.

Rta: Verdadero (postura de Dalla Via)

II. En el Caso FAyT, se declaró la inconstitucionalidad de la reforma con efectos ergaomnes.

Rta: Falso --> Efecto interpartes (para el caso)