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Contratos Civiles y Comerciales Monografía: Contrato de Franquicia Cátedra: Ameal - Rodriguez 1º Cuat. de 2013 Altillo.com

Introduccion:
Al encontrarnos dia a dia conviviendo en un mundo en el cual se dan modificaciones casi permanentemente (tanto políticas, como económicas, y culturales) hacen que también se vayan modificando los mercados mismos (no solo a niveles locales, sino también internacionales) con lo cual se originan nuevas formas que, con el correr del tiempo (a veces muy corto por cierto) significan nuevas estrategias no solo de ventas, ni de comercialización sino de captación de clientes (los cuales ya no son solo minoristas); Y es por ese motivo, que para acompañar dichas transformaciones e ir adaptándose a los nuevos estándares que los mercados van imponiendo dia a dia surge en Estados Unidos el Franchising (franquicia).
En la Argentina el comerciante se ve mas atraído por acoplarse a un esquema de distribucion, colocación de productos etc de la mano de una marca reconocida y de determinado éxito garantizado intentando no arriesgar su capital ni ser el quien “plante la primer semilla” de un negocio de incierto resultado. Es por ello que, si bien no se encuentra nuestro país entre las “mecas” de los franchising, ya que siquiera contiene una regulación especifica, como diversos países con mas antigüedad y probado éxito se tiende paulatinamente a que el porcentaje de franquicias vaya en aumento.
Surgimiento y evolución:
Historicamente franquicia tenia el significado relacionado con “privilegio”, mas específicamente otorgaban a una ciudad medieval autonomía, libre circulación, exención de tributos etc.
Hoy por hoy a la franquicia la conocemos como un sistema que apunta a simplificar la comercialización de bienes.
En virtud de avances científicos globalización etc en pos de la producción se han hecho conocidos a nivel mundial muchísimos productos a los que la gente identifica con su marca o simplemente por su símbolo.
Estos símbolos se visualizan desde hace varias décadas y en un sinfín de ciudades en todos los continentes ya que de eso se trata la franquicia (que desarrollaremos su concepto mas adelante) tal es el caso mas famoso de Mc Donald comenzando en 1954 hoy con mas de 11000 franquiciados.
Concepto:
Como se ha mencionado ut-supra no es este un contrato típico, con lo cual las definiciones “de manual” serán mas bien composiciones doctrinarias difiriendo entre si por englobar en ellas conceptos que las conviertan en mas o menos detalladas o mas o menos completas y acabadas.
Pueden enumerarse algunas a saber:
Ghersi nos explica que el contrato de franquicia tiene como idea central al dueño de una marca denominado franquiciante (que ya ha generado para si un cierto reconocimiento de la misma) hace que el franquiciado invierta en ella evitándole realizarlos gastos típicos para la inserción en el mercado (por este reconocimiento a nivel macro que tiene esta marca) otorgandole de esta manera un cierto grado de seguridad; Destaca también que si bien existe una relacion de colaboración entre ambos, cada uno de ellos mantienen independencia jurídica.
En tanto que Marzorati lo define como un contrato celebrado por escrito en el cual el otorgante ofrece a muchos tomadores, que forman un sistema de distribución de su producción (en forma exclusiva) creando una relación de asistencia del otorgante con carácter permanente, bajo el control de este, al amparo de una marca propiedad del otorgante y de conformidad con un método, preestablecido por este contra el pago de un canon y otras prestaciones.
Podríamos también ante la falta de legislación argentina en la materia exponer la definición de franquicia que emana de “La comisión sobre franquicia de la comunidad económica europea” que detalla a cerca de franquicia y contrato de franquicia lo siguiente: es un conjunto de derechos de propiedad intelectual o industrial relativos a marcas, nombres comerciales, rotulos de establecimientos, modelos de utilidad, diseños, derechos de autor, o patentes, que deberan explotarse para la reventa de productos o la prestación de servicios a los usuarios finales; En tanto que de contrato establece que: es aquel en virtud del cual una empresa, el franquiciador, cede a la otra, el franquiciado, a cambio de una contraprestación financiera directa o indirecta, el derecho de explotación de una franquicia para comercializar determinados tipos de productos y/o servicios y que comprende por lo menos: a-el uso de una denominación o rotulo común y una presentación uniforme de los locales y/o de los medios de transporte objeto del contrato; b-la comunicación por elfranquiciador al franquiciado de un “know-how”c-la prestación continua por el franquiciado de asistencia comercial o técnica durante la vigencia dl acuerdo.
A nivel consuetudinario e intentando tomar lo mas claro de cada una de las definiciones para tratar de hacer una definición mas acabada del contrato en cuestión (que el código no nos define) podríamos conceptualizarlo en los siguientes términos: será un contrato en donde un comerciante denominado franquiciante, entrega a otro que se denomina franquiciado, la licencia para que este comercialice esos productos o servicios y a cambio de esto se abonara un canon.
Yendo a un sentido mas estricto y/o técnico solo intervienen dos partes, ellas son:
1-el dueño de la marca (franquiciante).
2-el interesado en comprarlo (franquiciado).
Caracteres:
El punto que adquiere una notable importancia a cerca de este tema es que se trata de un contrato o convenio consensual (según Vitolo) que carece de tipicidad (atípico) lo cual trae diversos conflictos entre las partes ya que queda normalmente sujeto a la libertad contractual de las mismas y en tanto y en cuanto ellas puedan preveer las diversas situación que pudieran llegar a surgir y derivar en una traba de litis.
*Oneroso: ya que sabemos que hay contraprestaciones reciprocas.
*Conmutativo: las pautas son conocidas desde su nacimiento.
*Bilateral: ambas partes intervinientes tienen obligaciones.
*Consensual: porque es confeccionado con el consentimiento de las partes.
*De tracto sucesivo: se prolonga a travez del tiempo en el cual va desarrollándose la actividad.
*Contrato de empresa: las partes realizadoras del mismo son empresarios o comerciantes.
*Intuito personae: porque para su celebración se tienen en cuenta determinadas características de los contratantes.

Naturaleza Juridica:
Al carecer de legislación especifica a cerca de este contrato en nuestro país se ha intentado acoplarlo a otros contratos que se presuponen de antemano similares como por ejemplo:
Contrato de distribución: el cual es el medio que utiliza el productor para colocar su mercadería en el mercado; Con el solo hecho de leer de lo que se trata el contrato de distribución se hace evidente que es muy distinto al de franquicia en donde el franquiciado es quien, bajo licencia del franquiciador, fabrica el producto (esto no sucede en el contrato de distribución porque el distribuidor solo vende lo que fabrica el productor).
Contrato atípico o innominado: al no poseer legislación particular se le deben aplicar los principios generales de los contratos, la autonomía de la voluntad de las partes, los principios del orden publico y los de buena fe tano en su celebración y ejecución.
Regulacion legislativa:
La legislación del franchising corresponde al congreso federal. El cual no se ha hecho eco a cerca de tipificar este contrato; No obstante esto y sin dejar de recordar que existen principios que afectan directa o indirectamente al contrato de franquicia receptados en nuestro código civil como el art 1197, buena fe etc. Existe además diversa legislación que debe ser respetada al momento de la celebración de un contrato de franquicia (y que por ese motivo directa o indirectamente lo rige) como lo son las leyes que rigen la legislación fiscal, legislación laboral, marcas, giros de divisas, sobre moneda extranjera, a cerca de formas societarias, la ley de transferencia de tecnología, la clausula de no competencia y el régimen de la concurrencia desleal etc.
La ley 22362 fija los requisitos que se deben cumplir para obtener la protección de una marca. La propiedad de una marca se obtienen con la registración, sin que el uso de una marca no registrada otorgue derechos sobre ella y estableciéndose un periodo de diez años de duración de la registración renovable; Exige el uso de la marca para mantener los derechos sobre ella.
En cuanto al tratamiento legal de las marcas notorias, la Argentina esta adherida al Convenio de Paris y por lo tanto es aplicable al art 6 bis de dicho convenio, que protege las marcas “notoriamente conocidas”.
Ademas en Argentina la legislación pone a cargo de inscribir todo contrato en el que existe utilización de elementos de propiedad industrial provenientes de personas no residentes en el Registro de Transferencia de tecnología dependientes del Instituto Nacional de Tecnología Industrial. Dado que el contrato de franquicia implica el uso de una marca su registración es obligatoria. La registración es automática para los contratos entre compañías independientes, en cambio, aquellos celebrados entre sociedades vinculadas no pueden registrarse porque la ley no permite a la subsidiaria pagar al accionista principal por el uso de su marca.
La ley ley 22426 de transferencia de tecnología establece la información que debe ser suministrada al Instituto Nacional de Tecnología Industrial para el registro del contrato, la que se relaciona con el objeto de la tecnología involucrada y sus aplicaciones: Las partes también están obligadas, con fines fiscales, a estimar el volumen actual de ventas y el monto de las regalías que emitirán al exterior.
La legislación sobre competencia desleal afecta claramente al contrato de franquicia.
La ley 22.262 (defensa de la competencia) en su art 1 prohíbe dos tipos de actos “los actos o conductas relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que limiten, restrinjan o distorsionen la competencia o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general”.
Uno de los campos que afecta a la franquicia es el de la relación entre normas que protegen a la libre concurrencia y las que establecen derechos de propiedad industrial. El problema radica en la contradicción que se da en la coexistencia de normas que protegen la propiedad industrial con las que tienden a mantener una situación de competencia en los mercados. La legislación de patentes, la de marcas y los derechos de propiedad intelectual otorgan monopolios sobre determinados inventos o signos, desde la óptica jurídica. Las principales legislaciones anti monopólicas se basan en el principio de que el ejercicio de esos derechos es licito en tanto no tienda a extender el monopolio, poder de mercado o exclusividad, derivados de tales derechos, a actividades o materias no protegidas por la legislación que da origen a tales derechos.
El principio fundamental inserto en la ley de defensa de la competencia respecto de esta materia es el art 5, en cuanto excluye de la prohibición general redactada en el art 1 de la misma ley a los actos y conductas que se atengan a normas generales o particulares o disposiciones administrativas dictadas en virtud de aquellas.
El art 41 inciso e de la ley de defensa de la competencia incluye entre las conductas punibles con las sanciones previstas en el art 42, no solo las divisiones de mercados que tienen lugar mediante acuerdos suscriptos por los propios competidores o practicas concentradas entre estos, sino también los casos en que un tercero procede a instrumentar una división de mercados acordando que se abstendrán de operar con respectos a determinados productos, bienes o territorios, es decir, el franquiciado se compromete a no vender fuera de determinado territorio como condición para poder operar con cierto fabricante. La celebración de estos acuerdos, por si sola no es suficiente para configurar una infracción sino que se hace necesario que tenga efectos concretos en el mercado, en razón del art 1 de la ley (se estima por este motivo que el art 41 no es aplicable per se a la franquicia).
Aunque no es difícil dentro de nuestro derecho observando las divisiones instrumentadas por un tercero observar como encuadran en el art 41 inciso e reuniendo las condiciones generales previstas en su articulo 1 ver ejemplos en los que una franquicia constituya una infraccion a los términos de la ley 22.262.

Modalidades:
Otra vez en este punto debe tenerse en cuenta que es la doctrina quien ha ido estudiando este contrato intentando instrumentar diversas modalidades; Pero a cerca de las modalidades no se agota aquí el estudio ya que son contratos (estos de franquicias) que sobrepasan las fronteras de los mas variados países inclusive (y muy generalmente) entre los desarrollados y los países en vías de desarrollo… Quiero referirme con esto a que nuevamente nos es bastante complicado abordar una uniformidad de criterios absoluta ya que estará sujeto a diversos aspectos operacionales, de instrumentación, logística etc presentando variaciones a cerca del país o franquiciante del cual emane.
Retomando la mención hecha mas arriba (la cual se refiere a que suelen intervenir varios países) hallamos el “Franchising internacional o directo”: suele llevarse a adelante en países con escaso sistema proteccionista, políticas neoliberales, que conforman un paraíso para los capitales golondrinas lo cual facilita la penetración a las empresas de grandes capitales multinacionales facilitándoles (naturalmente) una mayor rentabilidad y en mucho menor plazo de tiempo; Esta caracterizado por un contrato directo entre franquiciante y franquiciado. Dicho franquiciante no se instalara en ese país y luego de “negociar” los términos de la franquicia comercial junto al franquiciado proporcionara a este los elementos necesarios para el negocio, a cambio recibirá divisas provenientes de ese país denominadas regalías mas el dinero que el franquiciado le inyecta a la red ya armada.
Franchising Master: se encomendara a una empresa separada e independiente del franquiciante y del franquiciado la selección dentro de determinado país o región de potenciales franquiciados (que tendrán el beneficio de la exclusividad pudiendo instalar locales propios en determinado territorio) dicha empresa será (una vez concretado el contrato de franchising) una especie de auditora del sistema se lo suele denominar (por esta forma particular) “contratos de subfranquicias”; La ventaja para el franquiciante es que al delegar en esta empresa separada e independiente (o “master”) todo el accionar, control etc del negocio mismo se limitara a recibir los pagos correspondientes.
Esta modalidad es la mas utilizada ya que los franquiciados ven con buenos ojos la posibilidad que se les brinda de permitirles abrir otras unidades (pasando a ser franquiciantes de los nuevos franquiciados dentro de su territorio).
Franchising de desarrollo: en esta modalidad (utilizada en los países desarrollados) esta contemplado el desarrollo tecnológico del franquiciado (facilitándole el acceso u obtención de tecnología propia).
En esta modalidad el franquiciado debe instalar una cierta cantidad de locales para expandir el negocio que estarán bajo su responsabilidad; en base a esto debe realizarle al pago a franquiciante según sea porcentaje de ventas, cantidad de locales , objetivos alcanzados podrían ser inversamente proporcionales al canon etc; Es decir existen diversas formas de contemplar el canon que percibirá el franquiciante.
Formas contractuales del franchising:
Esta relativamente nueva manera de insertarse en las economías subdesarrolladas puede llevarse a cabo mediante diferentes formas que son a saber:
1-Integracion empresarial: básicamente se sustenta con la creación de sucursales en las cuales el franquiciante continua con el control absoluto, a su vez genera (esta formalidad misma) un grado de dependencia en el franquiciado transformándolo en un representante del franquiciante.
En esta modalidad el usuario tiene en su poder su contrato de servicios o adquisición del bien con el franquiciante, que es sobre quien recaen las obligaciones y responsabilidades, esto ultimo solo se da en la teoria ya que tras asumir un carácter particular esas sociedades terminaran desligando su responsabilidad en un gran porcentaje.
2-Independencia estructural entre franquiciante y franquiciado: es la forma mas utilizada que consiste en que el franquiciado lleva a delante su propio local o empresa luego de comprar la franquicia.
Naturalmente que esta independencia entre franquiciante y franquiciado es limitada y hasta cierto punto ya que ciertos temas (de los tantos que componen este desarrollo económico) continuaran quedando en manos del franquiciante y de otro podra hacerse cargo y en virtud de ello decidir la mejor manera de llevarlos adelante el franquiciado ej: control del precios, logística etc.
Elementos:
Licensia de marca:
Es la génesis misma del contrato de franquicia comercial ya que los usuarios o clientes son atraídos por el reconocimiento de la marca; es una de las principales ventajas para el franquiciado ya que utiliza sus signos y simbolos caracteristicos de la misma.
Regalias o canon:
Mientras el contrato tenga vigencia el franquiciado debe (ya que se trata de un contrato oneroso) retribuir al franquiciante en concepto de contraprestación.
Plazo de duración del contrato:
Lo aconsejable es un término de entre dos a cinco año con opción a renovarlo. Pero ya que en nuestra legislación no esta contemplado este contrato prima la autonomía de la voluntad de las partes en virtud de lo cual podrán rescindir a cualquier tiempo y sin causa.
Confidencialidad:
En virtud de que el franquiciado tiene acceso a información confidencial del franquiciante este elemento presente en estos contratos consiste en la obligación de secreto del franquiciado (muchas
veces aun luego de finalizado el mismo).
Territorio:
Es un elemento muy importante, en especial para el franquiciado, ya que de el puede depender el éxito o no del negocio; En virtud de esto ultimo deberá poseer una delimitación territorial en su favor para llevarlo a cabo.
Asistencia del franquiciante al franquiciado:
Dependiendo del acuerdo entre las partes el franquiciante podrá brindar el franquiciado información de mercado, técnicas de venta etc (podría ser proveida en un manual a toda la cadena de franquiciados en un territorio).
La no competencia y/o las posibilidades de franquiciar:
Impidiendo de forma expresa la posibilidad de que el franquiciado realice negocios competitivos y prohibiendo o no la posibilidad de subcontratar.
Transferencia del know how:
Este elemento apunta a la uniformidad del producto, presentación del mismo etc; Y para ello el franquiciado deberá seguir/cumplir punto por punto con todo lo que respecta a la conducción, estructura, organización del negocio y/o elaboración del producto (que el franquiciante deberá suministrarle).
No obstante esto existen algunos elementos básicos que nos ayudarían a reconocer si un contrato es o no de franquicia a simple vista:
a-Utilizacion de una marca o nombre registrado:
los nombres y/o marcas registradas son un activo importantísimo de las empresas franquiciadoras; Con lo cual ella lo otorga al franquiciado bajo determinadas condiciones, las cuales deben ser respetadas so pena de rescindir el contrato.
b-Pago de derechos o regalías:
Este pago, establecido contractualmente, puede consistir en una cantidad de entrada, regalías pagaderas mensualmente, etc.
c-Suministro de servicios:
se consideran tales a capacitar a los dueños y trabajadores de los negocios nuevos franquiciados, otorgar areas de exclusividad, dar ayuda publicitaria etc
d-Propiedad diferente:
Consiste en que cada franquiciado es dueño de su negocio, es decir (y en relación a este elemento), la propiedad debe ser diferente.
Estos últimos cuatro elementos han servido en una enorme medida para tomar decisiones para determinar si un negocio es una franquicia.
Clausulas usuales:
Si bien nuestra legislación (al no contemplar al contrato de franquicia) no nos obliga a incluir ni desechar clausula alguna; Doctrinariamente y/o al observar diversos contratos de franquicia se observa que para que este sea acorde al común de los mismos hay ciertos temas que no pueden dejarse pasar por alto y por ende deben estar volcados en el:
1-La marca:
Al ser el elemento mas importante ha adquirir por el franquiciado,(y el mas importante que entrega el franquiciante) en el mismo contrato debe hacerse mención a la titularidad de la marca por parte del franquiciado, los datos de su registro y las condiciones en las que se cede el uso.
2-Sistema de compras:
Debe consignarse si el franquiciado tiene la obligación exclusiva de comprarle solo al franquiciante y de ser así, si se debe a que es porque se trata de un producto de marca propia o porque le permite a la cadena conseguir mejores precios a través de la compra masiva.
A su vez detallar las condiciones en las cuales se realizaran los pagos.
3-Causas de resolución del contrato:
En este aspecto primeramente deben conocerse cuales son los supuestos de incumplimiento de contrato de ambas partes (y en tal caso en los cuales se presente algún incumplimiento estipular algún plazo para que pueda subsanarse). Podría en este caso si el incumplimiento no se subsanase incluirse clausulas que contemplen “daños y perjuicios”.
4-Zona de exclusividad:
Se debe delimitar con absoluta precisión este territorio; No solo en lo que se refiere a extensión del territorio; Sino también a las clases o categorías de ventas, es decir, que por ejemplo el franquiciado podrá vender tanto a usuarios minorista como así también a mayoristas.
5-Clausula de desempeño mínimo:
Esta clausula esta relacionada con la cantidad de ventas mínimas que el franquiciado debe realizar; en consonancia con este tipo de clausulas deben dejarse a salvo (si es que así lo acuerdan franquiciante y franquiciado) causales eximentes por no llegar a ese mínimo como por ejemplo lo podrían ser “fuerza mayor”.
6-Obligaciones de las partes:
Clausula de notable importancia ya que deben estar detalladas todas y cada una de ellas; Además deben estar en equilibrio tanto las obligaciones del franquiciante como las del franquiciado; Y consignar para mayor tranquilidad de apuntando a un concepto mas equitativo del contrato podría detallarse en esta clausula que el el cumplimiento de uno queda supeditado al cumplimiento del otro.
7-Cambio del contenido de la franquicia:
Deben instrumentarse las formalidades, plazos etc para que el franquiciado adopte y aplique los cambios que el franquiciante pudiere realizar en su marca, producto, modo de elaboración etc.
Naturalmente también debe incluirse en esta clausula no solo los plazos para realizar dichos cambios, sino también lo que se considerara como comunicación fehaciente por parte del franquiciante a cerca de los mismos.
8-Terminacion del contrato:
Debería detallarse en este tipo de clausulas no solo el plazo de duración sino también (en caso de que ambos la negocien así) un supuesto de renovación (sea esta automática o no).
9-Obligaciones financieras:
Ya que insertarse a una red de franquicias implica determinadas cargas financieras es importante que esta clausula se detalle como se calcularan esas cargas a saber: si serán calculadas sobre las ventas brutas o netas, de que forma se pagaran etc.
Obligaciones de las partes:
Del Franquiciado:
1-Abonarle al franquiciante una tasa inicial por entrar a la cadena, adquiriendo el derecho de utilización de la franquicia.
2-Abonarle al franquiciante una regalía periódica, calculada en función de la venta del negocio franquiciado.
3-Ajustarse a todas las instrucciones de comercialización y técnicas del franquiciante.
4-Adquirir la licencia de utilización de nombre, marca etc.
5-Dar cumplimiento al programa de entrenamiento dictado por el franquiciante.
6-Guardar la debida reserva, secreto, de toda la información suministrada por el franquiciante.
7-Satisfacer los aportes porcentuales oportunamente convenidos para las campañas publicitarias.
8-Dar intervención al franquiciante en la elección de local o locales en donde se va a establecer la franquicia.
9-Aportes para la elección y puesta en marcha del local.
10-Ajustar el sistema informático y contable a los requerimientos del franquiciante.
11-Dar cumplimiento a la normativa vigente que regule los distintos aspectos que hacen a la operatividad de la franquicia.
12-Mantener el esquema de atención al publico.
13-No ceder ni sub-franquiciar.
14-Abstenerse de seguir utilizando la marca una vez concluida la relación contractual.
Del Franquiciante:
1-Adjudicar el derecho de explotar una unidad negocial u operativa en franquicia.
2-Suministrarle al franquiciado el know-how, las técnicas e instrucciones y el sistema para operar.
3-Otorgarle al franquiciado exclusividad territorial o zonal.
4-Otorgarle al franquiciado licencia para la utilización de nombres, marcas etc.
5-Proporcionarle los manuales que contengan un detalle de los sistemas y procedimientos de operaciones de la franquicia que se trate.
6-Proporcionarle especificaciones de relaciones con terceros, clientes, publicidad, promoción, diseño y equipamiento del local o locales, pautas contables, cursos de capacitación del personal, seguro de los bienes, atención al publico.
7-Suministrale productos y servicios.
8-Actos de fiscalización o control del cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de franquicia.
9-Estblecer condiciones para la revocación o extinción del contrato y sus causales.
Función económica:
La franquicia lleva consigo adelante un considerable rol en la economía mundial, tal es así, que en los Estados Unidos se promueve su difusión no solo desde organismos estatales, sino también privados, idéntico caso se da en la Comunidad Económica Europea.
En tanto y en cuanto que en nuestro país, actualmente se conciertan cada vez más contratos de franquicia.
Tal es así que en el año 2011 las estadísticas brindadas por la Federación Iberoamericana de Franquicias encontraron a la Argentina en el 4 to lugar dentro del Cuadro General / General Chart (tras Brasil , Mexico y España) en lo que a Redes de Franquicias (578) y Unidades (franq + prop) se refiere con una facturación de 4800 millones de USD y compuesta por un 90% de marcas nacionales.
La franquicia lleva 21 años aplicándose en la Argentina y es un sistema que lo aplican mas de 50 rubros de actividad; Según un estudio del Departamento de Investigación del Estudio del Dr Carlos Canudas (presidente de la comisión de consultores de la asociación argentina de franchising) existen actualmente mas de 450 conceptos (franquicias) con 21000 bocas de expendio aproximadamente, con una contratación estimativa de 165.000 personas, orillando la facturación de este sistema el 2% del PBI Nacional.
Aplicación del régimen de protección al consumidor:
Kemelmajer de Carlucci (jurista argentina) ha señalado que frente al consumidor la responsabilidad será tanto del franquiciante como también del franquiciado, ya que el consumidor puede dirigirse a quien ante si ha sido a lanzado el producto al mercado (lo cual indudablemente esta dado por la marca).
Por otro lado es oportuno recordar que el art 13 de la ley 24240 (defensa del consumidor) responsabiliza a todos quienes formen parte de la cadena de comercialización.
No obstante esto el principio mismo del contrato de franquicia (como ya hemos detallado mas arriba) tiene como uno de sus principales considerandos o figuras la del traslado del riesgo económico; de allí que se desprende que debería ser el franquiciado quien responda ante alguna eventual reparación económica.
Por temas como estos es de vital importancia que cada franquiciante conozca la legislación de cada país en donde se instalara una o varias franquicias de su titularidad, a efectos de tener presente la adjudicación o no de responsabilidades hacia el.
Con respecto a la responsabilidad que surge de la relación entre los consumidores y el franquiciado será contractual (ya que esa es la relación que los une).
Y en cuanto a la responsabilidad del franquiciante no es evidente a prima facie ya que podría desprenderse de varios supuestos (dado la cantidad de intervinientes que componen la cadena de producción que el comienza) como por ejemplo: defectos de fabricación, vicos de diseño, defecto en la instrucciones de uso que acompañan al producto etc; Pero naturalmente habrá que analizarlo en cada caso concreto. Como para poder determinar si además de ir contra con quien el a contratado (franquiciado) podrá ir luego (o inclusive directamente) contra el franquiciante.
Modelo de contrato:
Reunidos:
Don …….., gerente de la empresa ……. en lo sucesivo “empresa”, constituida en escritura publica otorgada ante Don ….,notario de ….., e inscripta en el Registro Mercantil con fecha de …. de …… de ….., libro …..,tomo….., folio ….., con CIF num ….. ,y con domicilio social en ….., calle ……., con poderes de representación conforme a escritura publica autorizada por Don ….., Notario de ……. con fecha de …. de ……. de ……., en lo sucesivo franquiciadora, de una parte;
Don ….., de profesión ….., con dni num ….. y domicilio en ……, calle ……, en lo sucesivo franquiciado, de otra parte.
Acuerdan:
Celebrar el presente contrato de franquicia, de acuerdo con las siguiente estipulaciones:
I-Por el presente la empresa ……….. franquiciadora se obliga a permitir al franquiciado el uso de sus signos distintivos, consistentes en………, para su actividad comercial consistente en restaurant de comidas rapidas.
II-Don…….. franquiciado, se obliga al pago de la cantidad de……. pesos iniciales, que abona en el dia de hoy, y al pago mensual de un porcentaje del ….. % de los ingresos obtenidos cada mes, en los cinco primeros días del mes siguiente.
III-Don….. se obliga por el presente contrato a la aplicación de los sistemas de comercialización del franquiciador conforme, a las siguientes instrucciones ………….
IV-Le empresa …………se obliga a prestar al franquiciado la asistencia técnica necesaria para que utilice su sistema de comercialización, consistente en ………
V-Don………. Se obliga a mantener un stock de productos adecuado para el perfecto desempeño de su actividad comercial, así como los medios necesarios para ello.
VI-La empresa…………suministra mensualmente, en los cinco primeros días de cada mes, los productos siguientes al franquiciador.
VII-El franquiciado se obliga a observar las instrucciones del franquiciador conforme a la clausula tercera del presente contrato.
VIII-La empresa …….. se reserva el derecho de supervisar y controlar la actividad del franquiciado en su actividad comercial para cuidar de que se mantenga el nivel de calidad habido hasta el dia de hoy.
IX-el franquiciado se obliga a informar a la empresa ……sobre la marcha de su actividad mensual con la periodicidad que la empresa estime conveniente.
X-Para resolver cualquier cuestión derivada del presente contrato las partes se someten expresamente a los Tribunales de ………..,con renuncia del fuero propio.

Dando fe, firma el presente contrato de franquicia Don …..,como gerente de la empresa…………, y don …………, en ……. a …….de ……

Bibliografia:
Ghersi Carlos Alberto. Contratos civiles y comerciles Tomo 2 pag 50 ss
www.gestiopolis.com
www.infofranquicias.com
Federacion Iberoamericana de Franquicias
Abatti, Eduardo M. “La utilidad del franchising”
Abatti, Enrique Luis: Rocca, Ival (h), 1500 Modelos de contratos, cláusulas e instrumentos. Comerciales, civiles, laborales, agrarios, tomo V, ed. Abacacía, Buenos Aires, 1994, pág. 205/219.
Entrevista a Carlos Canudas (presidente de la comisión de consultores de la asociación argentina de franchising) 20 de septiembre del 2010.
Vitolo Daniel Roque. Contratos Comerciales Buenos Aires 1994