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Derecho Resumen para 1° Parcial Cat: Pino Sede: Tucumán 2° Cuat. de 2005 Altillo.com

•I) Usos del lenguaje: cuando se alude al significado de los enunciados y no de las palabra la referencia es con respecto a los distintos modos en q es usado el lenguaje a través del cual son formuladas las expresiones; los enunciados tienen distintos significados: a) significado cognoscitivo: perteneciente a los enunciados formulados en un lenguaje usado descriptivamente o q cumple una función informativa; son estas las unidades lingüísticas de las que puede predicarse verdad o falsedad (ej leyes de la nat) / b) significado emotivo: lo poseen las unidades lingüísticas usadas para: expresar emociones; provocarlas en el interlocutor; efectuar ambas cosa a la vez (ej lenguaje en la poesía) / c) significado pictórico: lo poseen las unid ling usadas para transmitir y/o provocar una imagen mental (ej: cuentos infantiles) // •II) 1) Regla de lib de estipulación: las palabras son símbolos creadas por el ho arbitrariamente; la libertad de este arbitrio del hombre tiene su expresión en una de las reglas mas importantes que rigen los lenguajes naturales: regla de libertad de estipulación; esta establece que el ho es libre de estipular el significado q quiere para las palabras; es aplicable para dar significado a palabras q no lo tenían y cambiar el significado convencional q una palabra ya tenía / 2) Regla de uso común: la aplicación indiscriminada de la regla de libertad de estipulación llevaría a una dificultad en la comunicación; por eso el lenguaje está regido por una regla de uso común q establece deben usarse las palabras con el significado convencional se les ha atribuido; tiene 3 excepciones: a) cuando se crea una palabra: allí esta no tiene un uso q deba seguirse por lo tanto el ho puede estipular el significado q quiera; b) cuando se quiere eliminar la ambigüedad de una palabra: una forma es estipular cual de los distintos sentidos que la palabra tiene es el que habra de atribuírsele a ese contxt; c) como una forma de eliminar la vaguedad: una forma es estipular la delimitación del campo de referencia semántica de esa palabra / 3) Las palabras de clases: cuando el hombre pretende referirse a un conjunto de objetos con características semejantes con un nombre común los rotula; tiene 2 func: 1) denotación: de cualquier palabra está compuesta por todos los objetos que constituyen la clase q nombra; hay palabras sin denotacion (cdo la palabra nombra objetos q no existen, ej hada); 2) designación: conjunto de características q un objeto debe tener para ser nombrado por la palabra, es mas importante xq constituye el criterio de aplicación de la palabra; denotación y designación están interrelacionadas, la designación determina la denotación pero no la inversa / 4) Oración, proposición y eº de cosas: Oración: conjunto de palabras relacionadas e/sí de acuerdo a ciertas reglas gramaticales y q tiene como estructura un sentido / Proposición: es el significado de una oración, lo que tienen en común todas las oraciones con = significado; de estas puede predicarse verdad (cdo la oración es real) o falsedad (cdo el eº de las cosa descripto por la oración no es verdad) / Eº de las cosas: a) lógicamente posible: cdo la oración que lo describe no expresa una contradicción o falsedad (cdo dicha falsedad surge del mismo enunciado- ej "los gatos negros no son negros"); tamb puede ser log imposible (el circulo es un triangulo); b) empíricamente posible: cdo no es contrario a las leyes de la nat (si es contrario es imposible); c) técnicamente posible: depende de las capacidades del ho p/ crear las condiciones necesarias p/ poder realizar actos q antes no podia realizar; depende del avance de los conocimientos técnicos / Si un eº de cosas es técnicamente posible, tamb lo es logica y empíricamente; y si lo es empirica tamb lo es lógicamente; la posibilidad logica es un requisito minimo que debe tener un eº de cosas p/q pueda ser descripto por una oración q tenga signif empirico // •III) 1)Usos del lenguaje: a) Descriptivo: cuando su func es referirse al mundo; las unidades lingüísticas que componen este lenguaje se denominan aserciones, de estas podemos predicar valores veritativos; b) Uso emotivo o expresivo: usado para expresar sentimientos o emociones por parte del que se expresa o provocarlos en el interlocutor, o ambas cosas a la vez; estas unid lingüísticas nos e refieren al mundo y no son susceptibles de ser V o F, y q no contienen info de la realidad; c) Uso directivo: usado cdo se pretende motivar el comportamiento de aquel/llos a quienes va dirigida la expresión, no son susceptibles de ser V o F xq tampoco contienen una referencia al mundo; d) Uso operativo: significa realizar un acto especifico a la luz de un criterio preexistente (ej "buenas noches") / 2)Tipos de desacuerdos: En las creencias: consiste en una divergencia sobre hechos (ej: A firma q en un país x la votación es obligatoria, mientra q B sostiene q la votación es libre); el medio para solucionar esto será la comprobación empírica; para solucionarlo se utilizará el lenguaje descriptivo, xq se busca la realidad empírica; En las actitudes: ej: "A juzga como peligrosa la falta de obligatoriedad por el fraude electoral; B la considera importante en el libre juego democrático"; aquí no hay solución en sentido estricto, o sea en llegar a una conclusión con referencia empírica indubitable, pero puede lograrse una postura compartida, si los medios a los q recurren son suficientemente persuasivos, se utilizará el leng emotivo, portador de la argumentación, sin realidad empírica // •IV 1) Ambigüedad: es uno de los inconvenientes que trae aparejado el uso de las palabras de clase; una palabra es ambigua cuando tiene mas de un significado, o sea nombra a mas de una clase de objeto (ej: "mesa"); presenta mayor complejidad cuando cdo los diversos significados de una misma palabra aparecen relacionados e/sí (ej "signficado"); otra amb es la de proceso-producto cdo con la misma palabra se nombra a un proceso o actividad y al producto de este; otra amb es la del leng figurado o metafórico, tamb presentan amb las palabras q sirven de nexos entre oraciones; Modos de eliminarla: a) el contexto: en que la palabra ambigua aparece; permite determinar cuando se está usando la palabra y lo q significa; b) situación fáctica: a través del análisis de la sit fáctica en q la palabra ambigua es usada(ej "radio" en una clase de matemáticas); c) estipular el significado del término: en ocasiones que ni el contxt ni la situación fáctica son suficientes se puede estipular cuál de los diversos significados q la palabra tiene va a usarse en ese contxt

y/o situación / 2)Vaguedad: cdo la relación semántica e/ las palabras y los objetos nombrados por ellas es imprecisa; se trata de una indeterminación en la extensión o denotación de la palabra en relación a su designación o intensión; la zona de referencia semántica en la q la relación palabra objeto es indudable se llama "zona de total luminosidad", la zona en la q no existe ninguna relación semántica e/palabras y objetos e la "zona de total oscuridad", y en la q la referencia semántica de una palabra es dudosa, "zona de penumbra" (esta zona permite afirmar la imprecisión del campo de referencia semántica de una palabra); Formas de vaguedad: a) caso paradigmático de vaguedad: imprecisos los límites del campo de aplicación de la palabra, sobre todo aquellas q nombran contínuos (alto, bajo, joven); b) imprecision acerca del conjunto de caract definitorias d una palabra, no se puede determinar cuales son las multiples combinaciones posibles de las caract definitorias de una palabra; c) algunas palabras no sabemos sus caract definitorias; Vaguedad potencial: todas las palabras son potencialmente vagas, otra forma de imprecision en las palabras es la "txtura abierta del lenguaje", que es el desconocimiento q tenemos de las características q pueden llegar a tener en el futuro los objetos; el dcho se expresa mediante el leng natural; el leng jur es abierto, y permite la perdurabilidad de normas juridicas a traves del tpo sin necesidad de cambiar la legislación c/vez cambian los objetos a los q las normas se refieren; Modos de eliminarla: a)exclusión del uso del término: cdo un objeto está en la "zona de penumbra", podemos excluir el término de uso en ese caso aplicando otra palabra, circunscribiendo el campo de referencia semántica de la palabra vaga; b) limitación arbitraria del campo de referencia semántica de la palabra: dando así "definiciones aclaratorias", eliminando, por arbitrariedad, dudas acerca de su aplicación // •V) 1)Vinculación del leng jurídico con el natural: las expresiones normativas están formuladas en términos provenientes del lenguaje natural; el dcho es una tecnica de regulación de la conducta humana recurre a la motivación indirecta mediante sanciones para obtener el comportamiento deseado por la autoridad normativa del sujeto normativo; 2)Tecnificación del leng jurídico: hay una vertiente te que asemeja los conceptos jurídicos a los matemáticos, afirmando que ambos están integrados por elementos limitados, x lo tanto transformando uno d ellos se trafo la figura jurídica en cuestión; otra vertiente es la de la señalación de vocablos que sólo tienen referencia semántica en un ctxt jurídico, afirmando que no hay paralelismo con los conceptos matemáticos, dado que estos últimos se expresan a través de un lenguaje formalizado específico; 3)Ref semántica de las expresiones jurídicas: a)Casos típicos: comprendidos en la zona de total luminosidad, hay criterio automático de aplicación de la expresión; actividad del órgano aplicador de dcho: la labor del intérprete estará descripta si se manifiesta q el mismo halló el sentido q la norma ya tiene, no existe espacio p/ la duda; b)Casos atípicos o marginales: comprendidos en la zona de penumbra o vaguedad del campo de significado de la expresión; labor del interprete es objeto de otra descripción, el org aplicador de dcho carece de criterio automático de aplicación o exclusión del enunciado normativo; puede tomar 2 decisiones: q el caso está incluido en el campo de ref semántica de la norma o que no: •IX) 1)Razonamientos: conjunto de proposiciones relacionadas de tal manera q una de ellas se puede afirmar q deriva de otra/s q consideran como verdad la primera; aquellas proposiciones q son el fundamento de verdad de otra dentro del razonamiento se llaman premisas; la proposición q se afirma en base a otras es la conclusión; a)Deductivo: aquel en q las premisas ofrecen evidencia concluyente de la verdad de la conclusión: a)Válido: cdo no puede darse el caso q la conclusión sea falsa; Sólidos: premisas y conclusión V; FFF: premisas y conclusión sean F; FFV: válidos con premisas F q impliquen una conclusión V; b)Inválido: sus premisas no ofrecen un fundamento seguro de la conclusión; VVV: premisas y conclusión verdaderas; VVF: caso típico, premisas V y conclusión F; 2)Proposiciones categóricas: son aseveraciones s/la inclusión o no de una clase en otra; se clasifican S/la cantidad: en universales (proa en las q se predica algo de todos los miembros de una clase- ej: "todos los girasoles son amarillos"); y particulares (se predica algo sólo de alguna parte indefinida de los miembros una clase- ej "algunos arboles dan frutos"); S/la calidad: en afirmativas (cdo en ella se asevera la inclusión total o parcial de los miembros de una clase en otra- ej "todos los mamiferos tiene pulmones"): y negativa (exclusión de una clase de otra); de la combinación de la cantidad y la calidad se pueden extraer 4 formas típicas de proposiciones categóricas: universal afirmativa (A); universal negativa (E); particular afirmativa (I); y particular negativa (O); Distribución: está distribuida cdo hace referencia a la inclusión o exclusión de todos los miembros de una clase en otra; y esta no distribuida cdo hace ref a la inclu o exclusión de algunos de los miembros de una clase en otra; (A) S distribuido y P no; (E) S y P distribuidos; (I) no distribuido el S ni P; (O) no distribuido el S y si el P; la cantidad determina la distrib del S, y la calidad la del P; Silogismo categórico: tipo de razonamientos formados por 3 proposiciones categóricas (2 pr y 1 concl) y contiene 3 términos: mayor (P de la conclusión del razonamiento); menor (S de la conclusión); y el medio (aparece en las premisas y permite establecer la relac e/ termino mayor y menor) / b)Inductivo: aquel en q las premisas solo ofrecen cierta evidencia de la verdad de la conclusión, la V es probable; para q la conclusión tenga un mayor grado de probabilidad es necesario verificar el mayor nº de casos posibles; por eso se habla de una V probable; Razonamiento por analogía: consiste en afirmar la similitud de las cosa en 2 o mas aspectos, concluyendo de esto q tamb son similares en otro aspecto // •X Falacias: forma de argumento no válida; para que haya debemos estar en presencia de un "argumento aparente"; son razonamientos psicológicamente persuasivos; se % en: 1)Formales: aquellas conectadas con esquemas de inferencia validos; ej el sofisma o a)falacia de negar el antecedente de un condicional: presenta semejanza superficial con un razonamiento válido llamado modus ponens ; b)afirmar el consecuente de un condicional: presenta superf semejanza con un modo válido de razonar llamado modus tollens; otra falacias formales provienen de la incorrecta formación de silogismos categoricos: c)falacia del 4º termino: silogismo categórico q en lugar de relacionar 3 terminos, relac 4 o mas, carece de validez y comete esta falacia; manera mas común es cuando el razonamiento del termino medio es ambiguo; d)falacia del ilícito mayor: cdo el termino mayor está distribuido en la conclusión y no en la premisa mayor; e)falacia del ilícito menor: cdo se encuentra distribuido en la conclusión el termino menor y no lo esta en la premisa menor; la conclusión es mas amplia en su información q la premisa de la q deriva; 2)No formales: consisten en errores en el razonamiento cometidos x la fza persuasiva del argumento empleado o x la ambigüedad q presenta el lenguaje utilizado para formular razonamiento; se % en: falacias de atingencia: puede hallarse un nexo persuasivo e/las premisas y la conclusión, careciendo los razonamientos de premisas atingentes lógicamente respecto de la conclusión; a)falacia inatingente: cdo el argumento utilizado está compuesto x premisas carentes conjuntamente de atingencia lógica respecto a la conclusión cuya verosimilitud pretende establecerse o hacerse aceptar (ej libro q despierta bajas pasiones); b)argumentum ad baculum (apelación a la fza): compuesta x enunciados q aluden a medios de coacción, formulados p/fundamentar la conclusión q se pretende hacer aceptar; hay carencia de nexo lógico e/premisas y conclusión, efecto persuasivo a través de la apelación a la fza (ej trabajar sino lo hecha); c)argumentum ad hominem (ofensivo): no se trata de disputar acerca de la V o F de la prop en cuestion sino de arrojar dudas s/la consistencia de la persona q defiende esta prop y contra la cual se argumenta ad hominem; puede ser ofensivo (cdo en lugar de refutar la prop afirmada se ataca al autor de dicha proa, no hay conex logica e/enunciado atacado y la proa cuya V se pretende refutar) o circunstancial (cdo aprovechando la debilidad de las consecuencias derivadas de ppios aceptados x el interlocutor, concluye atacando como inaceptables tales ppios- ej A dice q B es un asesino, y B dice q A come carne matando animales); d)argumentum ad ignoratium: fundado en la ignorancia del interlocutor; cdo se sostiene q una proa es verdadera argumentando q no se ha demostrado lo contrario; en el ctxt jurídica, el ad ignoratium acarrea la declaración inocencia de un agente x parte del órgano aplicador de dcho (ppio in dubio pro reo- la ignorancia x falta de pruebas supone su inocencia salvo q se pruebe lo contrario); e) argumentum ad misericordiam (llamado a la piedad): ej de utilización del lenguaje en sentido emotivo como asi tamb de falta de atenencia logicae/los enunciados q constituyen a la argumentación y la conclusión q se pretende hacer aceptar; f)argumentum ad populum: puede darse: a)se solicita mediante un una argumentación q constituye un llamado emocional al auditorio (puede implicar varias falacias de atingencia); b) motivar determinada actitud x parte del auditorio, mediante una argumentación de enunciados movilizadotes desde lo psicológico; c)lenguaje publicitario, p/lograr la aceptación de un enunciado q alude al consumod e un producto; g)argumentum ad verecundiam (apelacióna la autoridad): se funda en la supuesta autoridad de ho a cuyo saber reconocimiento, poder les concede autoridad suficiente para formular juicios y llegar a conclusiones en otros aspectos; h)causa falsa: (non causa pro causa) consiste en tomar por condicion suficiente de un acontecimiento algo q no lo es; (post hoc ergo propter hoc) consiste en realcionar el "después de" con el "a causa de"; falacia cdo se considera q al ser A antecedente temporal de B entonces se juzga a A como al cusa de B; i)pregunta compleja: las sig formulaciones lingüísticas: 1)interrogante q contiene una presuposición; 2)interrogante compuesto x 2 o + preguntas, al presentar esta falacia se requiere una respuesta a cualquiera de esta dos formas; falacias de ambigüedad: se producen debido a la ambigüedad de las palabras o de las oraciones mediante las cuales se expresa el razonamiento; a)falacia del equívoco: cdop en las premisas aparece una palabra ambigua; a conclusión va a coincidir con el significado del término e una de las premisas; b)falacia de anfibiología: incorrecta formulación de oraciones mediante las cuales se expresa el razonamiento de la causa; este enunciado es susceptible de 2 interpret distintas, una V y otra F; c)falacia de énfasis: cambio de significado de un enunciado como consecuencia de destacar alguna parte del mismo, sino tendria una interpretación diferente; comtido frecuentemente por la prensa sensacionalista (GUERA NUCLEAR!); d)falacia de composición: 2 tipos de raz falaces relacionados e/sí:1)atribuir cualidades o piedades de las pates de un todo al todo; 2)afirmar q debido a q a los componentes de una clase tienen determinada piedad, tama la posee la clase; e)falacia de division: error inverso a la de composición, 2 formas: 1)razonar falazmente al atribuir piedades de un todo a c/u de sus partes; 2)atribuir piedades de uan clase a c/u de los miembros de la clase

•Nino: Iusnaturalismo y positivismo jurídico: las connotaciones emotivas de la palabra "dcho" se deben a que los fenomenos jurídicos están estrechamente relacionados con valores morales, en especial el de justicia; asi una amplia corriente de pensamiento ha propugnado la idea de q hay una relacion esencial entre dcho y moral: -las normas de todo sist juridico reflejan valores y aspiraciones morales de la comunidad en la cual rigen; -deben ajustarse a ciertos ppios morales y de justicia q son universalmente válidos; -los jueves aplican de hecho en sus decisiones normas juridicas y morales vigentes en una soc; -una regla q constituye una norma de un sist jurídico tiene fza obligatoria moral; la polémica e/ iusnaturalismo y positivismo jurídico gira alrededor de la relacion e/dcho y moral; el iusnat sostiene q hay una conexión intrínseca e/dcho y moral, el positivismo la niega; el positivismo considera q el dcho es consistente y completo p/solucionar problemas; tiene q ver con aquellas normas promulgadas y sancionadas x el Eº; solo consideraria una ley un fallo, pero no costumbre o jurisprudencia obligatoria; al ser completo no presenta lagunas (imposibilidad de encontrar la aplicación de un caso parecido –"analogía"-está prohibido cubrir con analogías las lagunas del dcho penal; Kelsen habla de "lagunas especiales", acepta q existan la jurisprudencia y las costumbres)/ Juicio: Defensa: los acusados cometieron actos legitimos d acuerdo con el orden jurídico del tpo y lugar en q fueron realizados; el ppio de "nullum crimen" prohíbe imponer una pena x un acto q no estaba prohibido por el dcho q era valido en el momento de cometerse el acto; Sempronio: iusnat, sostiene q entonces estamos frente a un sist jurídico c/vez q u grupo humano logra imponer un conj de normas en determinada soc y tiene la fza suficiente para hacerlas cumplir; por encima de las normas dictadas por los ho, hay ppios morales universalmente válidos e inmutables q establecen criterios de justicia y dchos fundamentales; las normas positivas sólo sondcho en al medida q se conforman respecto al dcho natural y no lo contradicen; Cayo: escepticismo ético, humanamente coincide con Sempronio, pero teniendo en cuenta a la ley no esta de acuerdo, no puede valorar lo subjetivo de los actos cometidos por los nazismo está de acuerdo con las aberraciones nazis, pero este Eº tenia un poder coactivo suficiente para aplicarlo; coincide en q los nazis seguían ordenes; el dcho internacional incluía el "ppio de efectividad", reconociendo internacionalmente a este Eº; Ticio: ambas posiciones son insatisfactorias; dice que no hay q aplicar la moral, pero a su vez le dice a Cayo q el mismo aplica ppios morales al establecer su juicio; hay una obligación de obedecer a las normas jurídicas q surge de normas "intrínsecamente obligatorias" (de la moral crítica o ideal); tamb hay otros ppios como los q consagran el dcho a la vida, lib de expresión, integr fisica; el ppio de efectividad debe ser observado cautelosamente teniendo en cuenta q no involucren una catástrofe p/la soc / Iusnaturalismo teólogico: sostiene q el dcho natural es aquella parte del orden eterno del universo originado en Dios asequible a la razón humana; las leyes positivas deben obtenerse x conclusión del dcho natural, deben hacer efectivos los mandatos del dcho natural; Iusnaturalismo racional: s/esta el dcho natural no deriva de los mandatos de Dios sino de la naturaleza o estructura de la razón humana; Escepticismo ético: tesis de q no existen ppios morales y de justicia universalmente válidos y cognoscibles por medio racionales y objetivos; se opone directamente a la 1º tesis del iusnaturalismo; los unicos juicios de V o F son los q tienen contenido empírico; Positivismo ideológico: involucra una posición ideológica o moral, combian una definición de dcho en términos fácticos con la idea iusnaturalista de q toda norma jurídica tiene fza obligatoria moral; es una posición valorativa, q sostiene q los jueces deben tener en cta solo un ppio moral: el q prescribe observar todo lo q dispone le dcho vigente; Realismo juridico: solo hay un mundo y conocimiento del mismo; la cica se ocupa del mismo conj de hechos provistos pro la "realidad", la ccia del dcho es así una ccia de fenómenos sociales, entendida como una relación e/contenido normativo y efectividad social

•Kelsen: Reglas del dcho la ccia juridica las utiliza para describir su objeto; afirman por ej "si se cometió un ilícito debe aplicarse una sanción"; establece una relación e/2 hechos pero la causalidad no interviene en la reg del dcho, es una conducta determinada: para definir la relacion e/el acto ilícito y la sancion, la ccia juridica formula una regla de dcho: la imputación, q establece q un individuo es responsable cdo una sancion puede ser dirigida hacia el o irresponsable (cdo no); vincula el acto ilícito con la sanción / Causalidad e imputación: la ≠ es q la imputacion tiene un pto final (dado A "debe ser" B), la causalidad no (se utiliza p/describir la nat- dado A sucede B); como un elemento de la naturaleza el ho no es libre, su conducta esta determinada por las leyes causales; en cambio cuando es juzgado por la ley moral, religiosa o jurídica, se imputa a este acto la consecuencia determinada por la ley examinada / Norma primaria y secundaria: p/inducir a los ho a conducirse de una manera determinada el dcho relaciona una sanción con la conducta contraria; norma primaria: la q establece la relación e/el hecho ilícito y la sanción (el matar estña penado...) se desea la acción contraria a lo q se pide, norma completa; norma secundaria: prescribe la conducta q permite evitar la sanción ("no matarás") / Hecho ilícito: conducta contraria prescrita por una norma jurídica; es lo opuesto a una conducta obligatoria y hay una obligación jurídica de abstenerse a todo acto ilícito; pero si la reg del dcho esta construida "en tales condiciones una sancion debe ser ejecutada", el hecho ilícito aparece como la condición de la sanción; p/la teoría tradicional el hecho ilícito es una violación o negación del dcho, un hecho contrario al dcho, q se encuentra fuera de este; p/la teoría pura el hecho ilícito no "viola" el dcho, se lo defina como una interrupción en la existencia del dcho / Norma Fundamental: la CN es valida dado que se fuente de validez es la norma fundamental, q no esta "puesta" y creada por el ho, sino "supuesta"; esta se supone válida; lo q le da a un conj de normas la calidad de "orden jurídico" es q la validez de todas ellas reposa en una norma fundamental; hay normas inferiores (validez reposa en superiores) y superiores (fuente de la inferior); Common Law y sist continental: CL: su producción juridica mayoritaria no proviene de códigos, sino q lo constituyen una extensa tradición jurisprudencial, constituida por fallos a los q llaman precedente; vision de "hechos" y no de abstracciones normativas