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Resumen de Derecho Privado III  |  EFIP (Examen Final Integrador Presencial) - (2015)  |  UES 21

DERECHO PRIVADO III

Definición de Contrato

Art 1137 "Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos.

Fuentes: Código de Napoleón Art.1001 “el contrato es la convención por la cual una o mas personas se obligan, con otra u otras, a dar, hacer o no hacer alguna cosa”

· En esta definición de Napoleón el contrato se refiere a “cualquier derecho”, sea o no patrimonial

Sin embargo tampoco fue feliz la definición dada por Vélez Sarsfield en el Art. 1137 para definir el contrato puesto que en ella se incluye toda declaración “destinada a reglar los derechos de las partes”, formula no solo comprensiva de los pactos que crean derechos, sino también de los que los modifican o extinguen; desde este punto de vista, nuestro código no hace distinción entre contrato y convención.

Ley y Contrato tiene un punto de contacto: ambos constituyen una regla jurídica a la cual deben someterse las personas. Así lo dice expresamente el Art. 1197: “las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la cual deben someterse como a la ley misma”

El Contrato Y El Acto Juridico

El contrato es un acto jurídico.

Elementos del acto jurídico

Son actos jurídicos los actos voluntarios lícitos que tienen por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas, CREAR, MODIFICAR, TRANSFERIR, CONSERVAR O ANIQUILAR DERECHOS.

1- ES UN ACTO VOLUNTARIO: auto determinación de los sujetos para que gobiernen por si mismos sus propios intereses. ES UNA EXPRESION CONCRETA DE TAL VOLUNTAD. Es necesario que la voluntad sea exteriorizada pero a su vez debe guardar una relación de correspondencia con la voluntad interna del sujeto.

2- ES LICITO: no contrario a le ley, orden publico o la buenas costumbres.

3- DIRECCION DE LA VOLUNTAD MANIFESTADA: el acto jurídico tiene como fin inmediato producir consecuencias jurídicas: crear, modificar, transferir conservar o aniquilar derechos.

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